Flipando un poco con el artículo 86 del Código Penal argentino:
El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimientode la mujer encinta, no es punible:
1. Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vidao la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitadopor otros medios;
2. Si el embarazo proviene de una violación o de un atentadoal pudor cometido sobre una mujer idiota o demente.En este caso, el consentimiento de su representante legaldeberá ser requerido para el aborto.
El aborto es un derecho que toda mujer tiene para decidir sobre su cuerpo.
Pero llamar idiota y demente a una mujer en terminos jurídicos es completamente incorrecto. Se llaman incapacitados, que es como deberían ser calificados los que redactaron este texto.
En fin, que hoy estoy indignada. La presidenta ya podría cambiar el artículo, sino para despenalizar el aborto, aunque sea para que no llamen a ninguna mujer idiota en un código.










